Pedro A. Ferrer
Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona, ejerce la abogacía desde 1980.
Somos un despacho boutique en el corazón de Palma, especializado en derecho civil, mercantil, fiscal y patrimonial para residentes, empresas y clientes internacionales.
Cubrimos todas las áreas relevantes para particulares, empresas y patrimonios en Baleares. Cada asunto lo lleva un socio del despacho — nunca un intermediario.
Desde la primera llamada hasta la resolución, sabrá siempre en qué punto está su asunto, qué esperamos y qué costará.
Primera reunión de valoración: entendemos el caso, sus objetivos y las opciones jurídicas realistas.
Diseñamos una estrategia con calendario, hitos y presupuesto claros antes de iniciar cualquier actuación.
Actuamos en su nombre ante juzgados, administración o contraparte, con comunicación regular sobre avances.
Cierre del asunto, ejecución de la resolución y seguimiento posterior si el asunto lo requiere.
Nuestro trabajo no es ganar cualquier pleito. Es evitar los que no se deben pelear y ganar los que sí. La diferencia son cuarenta años de experiencia local.
Cada mandato lo lleva un socio del despacho, siempre. Nunca delegamos su asunto a un tercero externo.
Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona, ejerce la abogacía desde 1980.
MBA por el Instituto de Empresa Madrid. Profesor asociado en la UIB. Especialista en contabilidad corporativa internacional.
Matrícula de honor en Derecho Mercantil y del Consumo. Máster de Acceso a la Abogacía por el ICAIB.
Publicado en Editorial Jurídica Sepín. Especialista en Derecho Penal Económico. Máster ICAIB con máxima calificación.
Casos, sentencias y cambios normativos que afectan a nuestros clientes.
El convenio se utiliza en procedimientos de mutuo acuerdo y, para tener plena validez, debe ser aprobado por la autoridad competente.
Los síntomas persistentes tras el alta médica deben evaluarse en base a criterios médicos objetivos.
Basta con que el propietario acredite la titularidad; luego corresponde al demandado demostrar un título válido.
La Ley de la Usura y la jurisprudencia del Tribunal Supremo permiten declarar nulo un préstamo cuando el interés se aparta notablemente del normal del dinero.
Primera consulta sin compromiso. Le contestamos en menos de 24 horas laborables — en español, inglés, alemán, francés o catalán.